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Traducción Jurada

DOUGLAS ALEXANDRE GOULART SIMÕES

Tradutor Público e Intérprete Comercial Juramentado
Português e Inglês
Matrícula JUCERJA nº245

EDUARDO CASTElà NASCIMENTO

Tradutor Público e Intérprete Comercial Juramentado
Português e Espanhol
Matrícula JUCEMG nº706

Interpret Brasil es una red de traductores e intérpretes profesionales que cuenta con intérpretes públicos y comerciales entre sus socios, también conocidos como traductores jurados. Trabajamos con traducción certificada en inglés, español y otros idiomas.

Satisfacemos las necesidades tanto de compañías (bufetes de abogados, contadores, compañías de seguros, agentes de aduanas, envíos, etc.) para traducciones oficiales de contratos, pólizas, documentos personales, etc., como de individuos que necesitan traducir transcripciones escolares, diplomas, carteras, licencias, certificados, documentos para inventario, entre otros. También operamos con interpretación pública en tribunales, autoridades portuarias, aeropuertos y otros.

Más información sobre la traducción jurada

¿QUÉ ES UN TRADUCTOR JURADO?

El traductor jurado, también conocido como el traductor público, es una persona física de nacionalidad brasileña que, luego de un examen riguroso, fue aprobado y registrado en la junta comercial del estado. Por lo tanto, se calificó para proporcionar el servicio de traducción jurada (también conocido como traducción pública) en el estado de su residencia. Sin embargo, la traducción jurada o pública es válida en todo el territorio nacional y generalmente se acepta en otros países. El traductor público no es un funcionario público. Solo tiene el título para ejercer el oficio, y recibe su pago por las traducciones o versiones directamente de los clientes, de acuerdo con la Tabla de tarifas arreglada por la Junta Estatal de Comercio, que en Río de Janeiro se llama JUCERJA. El nombramiento del traductor público y el intérprete comercial es de por vida y los exámenes realizados por las juntas comerciales en cada estado se llevan a cabo cada muchos años, generalmente no menos de veinte o treinta años.

¿CÓMO SE DIFERENCIA LA TRADUCCIÓN PÚBLICA DE LA TRADUCCIÓN "GRATUITA" O "COMÚN"?

Difieren en su especificidad. Por lo general, el traductor público traduce diversos tipos de documentos para que sean válidos en Brasil o en el extranjero. Si bien la traducción común se negocia libremente entre el traductor y el cliente, la traducción jurada está regulada por un decreto federal y resoluciones de las juntas comerciales de los estados, incluidos los valores de Tarifas y criterios de entrega, tiempos de entrega del servicio y urgencia.

¿POR QUÉ ES NECESARIO TRADUCIR DOCUMENTOS EXTRANJEROS?

El Decreto 13.069 de 1943 regula el trabajo del traductor público y establece que “ningún libro o documento de cualquier naturaleza que esté escrito en un idioma extranjero será válido en las oficinas de la Unión, Estados o Municipios, en cualquier caso, juicio, tribunal o entidades mantenidas, supervisadas o guiadas por las autoridades públicas”. Cada documento en un idioma extranjero debe ir acompañado de una traducción realizada por un traductor jurado. Solo los documentos en el idioma oficial del país tienen validez oficial, incluso si están en inglés y “todos hablan inglés” o español y son “fáciles de entender”.

¿CÓMO ES LA TRADUCCIÓN JURADA?

Las reglas para preparar y hacer traducciones juradas oficiales están reguladas por el Decreto 13.609 / 43 (ver página) y por Deliberaciones de la Junta Comercial de cada estado. En el Estado de Río de Janeiro, la Deliberación vigente es la Resolución JUCERJA No. 107/2018 (vea el documento), que actualiza la tabla de tarifas (tarifas) y establece otros procedimientos y reglas.

¿LA TRADUCCIÓN JURADA REEMPLAZA EL DOCUMENTO ORIGINAL?

No, la traducción jurada acompaña y valida el documento original en un país cuyo idioma oficial es diferente del que se emitió. El documento original siempre debe ir acompañado por una traducción. De lo contrario, el documento no es válido.

¿CUÁL ES EL TIEMPO PROMEDIO PARA ENTREGAR UNA TRADUCCIÓN?

El período de entrega normal (no urgente) para las traducciones juradas determinadas por JUCERJA es de 2 páginas / día durante el horario comercial, sin contar la fecha de contratación del servicio. El tiempo de entrega de su documento dependerá de la cantidad de páginas estimadas del documento original; debe tenerse en cuenta que una página tiene 1000 caracteres del documento traducido sin los espacios en blanco y NO es la cantidad de páginas que contiene documento. Por ejemplo, una identificación traducida o licencia de conducir tiene aproximadamente 1,5 a 2 páginas. Los diplomas generalmente se entregan en dos días hábiles, mientras que un historial demora de 2 a 5 días hábiles, dependiendo del tamaño. Un certificado de matrimonio o nacimiento “estándar” se entregará en dos días. No es posible estimar el costo o el tiempo de entrega de una traducción sin ver el documento previamente. Por favor, envíelo escaneado y le enviaremos un presupuesto estimado.

¿PUEDO HACER LA TRADUCCIÓN Y CONTRATAR UN TRADUCTOR QUE LA CERTIFIQUE?

No. El traductor jurado es seleccionado, calificado y registrado para el ejercicio del oficio y tiene fe pública. Además, la traducción jurada debe seguir un conjunto de pautas que es muy probable que un traductor no jurado ignore. La legislación que rige la práctica de la profesión no prevé el “juramento” de las traducciones de terceros. Cuando se le solicite, un traductor puede emitir un informe u opinión sobre las traducciones de terceros, generalmente a pedido de un tribunal.

¿CUÁNTO SALE UNA COPIA DE LA TRADUCCIÓN JURADA?

Las copias adicionales impresas o en PDF, firmadas digitalmente cuestan el 20% del valor de la traducción, para la primera copia, y el 10% para las otras copias. Para entregas posteriores (después de la fecha de entrega de la traducción), los valores son del 50 y 20%, respectivamente. En el caso de que se hayan registrado y entregado otras traducciones en la misma fecha, posterior a su traducción, se cobrará una copia posterior.

¿Y EL DESCUENTO?

El artículo 35, §1º del Decreto 13.609/43 prohíbe expresamente cualquier tipo de descuento en los precios establecidos en la tabla del Registro Mercantil: “Es ilegal que los traductores sacrifiquen, en beneficio de cualquiera, los honorarios que se fijan en dicha tabla; si lo hacen, se someten a una pena que consiste en una doble penalización alta en reincidencia, y de ellos depende registrar al final de cada traducción los honorarios totales y sellos incluidos”.

NECESITO UN PEQUEÑO CAMBIO EN CUALQUIER DATO QUE SE HAYA CAMBIADO, ¿PUEDO HACERLO SIN CARGO?

Cada traducción jurada es un documento oficial que recibe un número y se registra en un libro de traducciones, el cual es inspeccionado anualmente por la Junta de Comercio del Estado. Si se produce algún cambio en el documento del cliente, así sea solo la fecha, se considera un documento nuevo. Por lo tanto, el traductor público está obligado a asignar un nuevo número y registrar esa nueva traducción en el libro de traducción, con su valor indicado en la página donde termina dicha traducción.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ESTIMACIONES Y PRESUPUESTOS DE UNA TRADUCCIÓN JURADA?

Los presupuestos presuponen un acuerdo de costo del servicio previo y final. Por ley, la traducción debe cobrarse en función del número de caracteres en el documento traducido; por lo tanto, no es posible hacer presupuestos con “precios cerrados”. Las estimaciones de traducción jurada se calculan en función del número de caracteres y/o palabras en el documento traducido.

¿POR QUÉ EL "PRESUPUESTO" DE TRADUCCIÓN JURADA ES ESTIMADO?

El valor del presupuesto es solo una estimación porque se basa en el documento original y porque la legislación actual determina que la traducción se cobre en función del número de páginas de 1000 (mil) caracteres (sin contar los espacios) del documento traducido. No es posible estimar con precisión cuántos caracteres tendrá un texto traducido en otro idioma, debido a las diferencias inherentes a los idiomas y a la descripción de sellos, prescripciones, firmas, marcas de agua y otros elementos gráficos de seguridad del documento, que se agregarán.

NECESITO TRADUCIR UN DOCUMENTO Y HE PEDIDO PRESUPUESTOS A VARIOS TRADUCTORES PÚBLICOS. CADA UNO PASÓ UN VALOR DIFERENTE. SI TODOS DEBEN COBRAR EL PRECIO DE LA TABLA, ¿CÓMO SE EXPLICA ESTA DIFERENCIA?

Cada traductor público está obligado, por ley, a respetar la tabla de tarifas y las normas establecidas por la Junta Comercial, para mantener su matrícula y garantizar la legalidad de sus traducciones. Las estimaciones pueden variar entre traductores públicos, pero la diferencia se debe a la forma de calcular la estimación y no al precio de la página. El valor final de la traducción será establecido de acuerdo a los valores de la tabla. Por este motivo, es más conveniente elegir un traductor de su vecindario, uno que haya sido recomendado o uno cuyo trabajo ya conozca.

¿CÓMO OBTENGO UN PRESUPUESTO PARA MI TRADUCCIÓN?

Por ley, la traducción debe cobrarse en función del número de caracteres en el documento traducido; por lo tanto, no es posible hacer presupuestos con “precios cerrados”. Sin embargo, se hace una estimación basada en el número de caracteres / palabras que poseen los documentos originales. Para recibir un presupuesto, envíe copias escaneadas de ambos lados, que sean de buena calidad, legibles y que no tengan distorsiones. Las mismas deberán ser enviadas por correo electrónico, preferentemente.

SI EL VALOR FINAL DE LA TRADUCCIÓN ES MAYOR QUE EL VALOR ESTIMADO, ¿DEBO PAGAR MÁS?

Sí. Usted deberá pagar la cantidad calculada en función de la cantidad de caracteres y páginas (1000 caracteres sin contar los espacios en blanco) de su traducción; dicho valor será determinado de acuerdo con la tabla de valores vigente. Por ley, el valor de la traducción debe aparecer en la última página.

¿CUÁL ES EL PRECIO MÍNIMO PARA UNA TRADUCCIÓN?

Es el precio de una página estándar. Consulte la lista de precios y los plazos. (http://atprio.com.br/tabela-de-valores/)

¿EL VALOR DE LA PÁGINA TRADUCIDA TOMA EN CUENTA EL TIEMPO QUE LE TOMÓ AL TRADUCTOR REALIZAR EL TRABAJO?

Si el cliente no tiene prisa, el trabajo se llevará a cabo dentro del periodo normal (calculado de acuerdo con la proporción de dos páginas traducidas por día hábil).

Si el cliente necesita el servicio con urgencia, el trabajo se realizará en un periodo más corto que el periodo normal, ya que en este caso se trata de un régimen de emergencia. (Consulte “Plazos” en la página de preguntas frecuentes).

¿CUÁL ES EL TIEMPO PROMEDIO PARA ENTREGAR UNA TRADUCCIÓN JURADA?

El plazo normal para una traducción es un día hábil por cada 2 páginas del traductor. Existen plazos de urgencia, si fueran necesarios.

¿CUÁNTO TIEMPO LLEVA TRADUCIR?

Depende de la dificultad y el tamaño del documento. Consúltenos para obtener un presupuesto y verifique las posibilidades de plazos urgentes o extraordinarios a continuación.

¿CUÁNTAS PÁGINAS TENDRÁ MI TRADUCCIÓN O VERSIÓN?

Solo es posible saber el tamaño exacto de una traducción o versión cuando está terminada.

A veces, una palabra se traduce en dos o más palabras. Esto aumenta la cantidad de caracteres de la traducción. La página adoptada en el estado de Río de Janeiro tiene hasta 1000 (mil) caracteres, mecanografiados o tipeados, sin calcular los espacios en blanco.

La traducción es un documento cuya autenticidad está certificada en un registro. Por lo tanto, además de traducir el texto en sí, el traductor debe traducir rigurosamente todos los sellos que otorgan validez al documento.

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¿QUÉ ES UNA TRADUCCIÓN URGENTE?

Cualquier servicio entregado en un período más corto que el período normal (el cual se calcula de acuerdo a la proporción de dos páginas traducidas por día hábil durante el horario comercial) se considera un servicio urgente. En tales casos, el cobro de la tarifa de urgencia es obligatorio y se prohíbe otorgar descuentos y rebajas. En la última hoja de la traducción, el traductor debe indicar el monto a cobrar por el servicio, la fecha límite para llevarlo a cabo y la fecha y hora de recepción de la solicitud de emergencia del cliente.

¿QUÉ ES UN SERVICIO EXTRAORDINARIO?

Un servicio se considera extraordinario cuando la fecha límite solicitada por el cliente y el volumen de trabajo obligan al traductor a trabajar después de las horas hábiles, los turnos de noche o los sábados, domingos y días festivos. En tales casos, el cobro de la tarifa de servicio extraordinario es obligatorio y se prohíbe otorgar descuentos y rebajas. En la última hoja de la traducción, el traductor debe indicar el monto a cobrar por el servicio, la fecha límite para llevarlo a cabo y la fecha y hora de recepción de la solicitud de servicio extraordinario del cliente.

¿PUEDE VARIAR MUCHO EL VALOR FINAL DE LA TRADUCCIÓN EN RELACIÓN CON EL VALOR ESTIMADO?

Las diferencias entre los valores estimados y finales de las traducciones juradas son generalmente del 20% – 30% menos o más. A veces, la diferencia es de centavos. No es posible estimar con precisión cuántos caracteres tendrá un documento traducido en otro idioma. Por ley, el valor de la traducción debe aparecer en la última página. Para mayor claridad, también debe informarse el número de caracteres y páginas de la traducción, además del valor de la página, según el tipo de documento traducido.

¿CÓMO CONTRATO EL SERVICIO?

Si ya envió sus documentos para evaluación y aprobó su estimación del servicio de traducción, debe completar el contrato de servicio en línea, o enviarnos un correo electrónico aprobando el servicio, pagar el 50% del valor estimado por adelantado y entregar o enviar sus documentos cuando se le solicite. Los datos bancarios se informarán automáticamente en la pantalla después de completar y enviar el contrato de servicio en línea. Cuando se complete la traducción, le informaremos el valor final y organizaremos la entrega de la misma. El pago debe efectuarse en efectivo o mediante depósito o transferencia bancaria.

¿PUEDO CANCELAR EL SERVICIO DESPUÉS DE PAGAR LA SEÑA?

Sí. Si el trabajo ya se hubiera iniciado, puede recibir traducciones gratuitas de documentos sin firmar o partes de documentos ya traducidos por el valor correspondiente. Se reembolsará el monto por el servicio no realizado menos la tarifa de la transferencia bancaria. Sin embargo, si el trabajo ya se hubiera completado, no se puede cancelar.

¿CUÁNTO CUESTAN LAS COPIAS ADICIONALES DE MI TRADUCCIÓN?

Según la legislación vigente:

1 – Para entregar junto con la traducción: – primera copia, 20% de la tarifa de traducción. – copias adicionales, 10% de la tarifa de traducción.

2 – Para entregar después de la traducción: – primera copia, 50% de la tarifa de traducción
– copias adicionales, 20% de la tarifa de traducción.

En otras palabras, si cree que puede necesitar copias de su traducción (de historiales, diplomas, etc.), es recomendable pedir hasta tres copias además de la traducción, lo que será equivalente al valor de una sola copia (50%) después de la traducción.

SI NECESITO MI TRADUCCIÓN CON URGENCIA, ¿DEBO PAGAR ALGUNA TARIFA ADICIONAL?

Sí. El valor normal del servicio, sin urgencia, es para la entrega de hasta cuatro páginas por día del documento traducido – 4000 caracteres. Por encima de eso, se cobrará una tarifa del 50% por la ejecución y entrega de traducciones durante el horario comercial y del 100% durante días hábiles después del horario comercial, fines de semana y feriados.

¿POR QUÉ SE COBRA UNA TARIFA DE URGENCIA?

Este es el valor para todas aquellas traducciones que se realicen y entreguen de acuerdo a su tiempo y conveniencia. La tarifa de urgencia es una excepción y un beneficio para el cliente.

SI VOY A UTILIZAR TRADUCCIONES EN EL INTERIOR O EN OTRO ESTADO, ¿NECESITO HACER ALGO EN PARTICULAR DESPUÉS DE RECIBIR LAS TRADUCCIONES?

Aunque por ley el traductor jurado tiene fe pública en todo el territorio nacional, los organismos públicos pueden y generalmente requieren la certificación de la firma del traductor en los casos en que la traducción se utilice fuera del municipio y del estado de residencia. Por lo tanto, recomendamos certificar la firma del traductor en las traducciones para evitar perder tiempo y mayores gastos. Brindamos un servicio de certificación de firma al costo (tarifa notarial y servicio de mensajería) si así lo solicita.

SI NECESITO CERTIFICAR MI FIRMA O LA DE OTRA PERSONA EN UN DOCUMENTO EXTRANJERO EN BRASIL, ¿QUÉ TENGO QUE HACER?

El notario requerirá la presentación de la traducción jurada de su documento para certificar su firma. Por ley, los notarios públicos no pueden realizar ningún acto sobre documentos en un idioma extranjero que no estén acompañados de una traducción jurada.

¿QUÉ SON LA LEGALIZACIÓN, LA AUTENTICACIÓN, LA CONSULARIZACIÓN, LA LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y LA APOSTILA DE LA HAYA?

Para que sean válidos en Brasil, los documentos extranjeros y los documentos brasileños que se envíen al extranjero deben ser autenticados. Existen tres tipos de autenticación: autenticación por parte de organismos o departamentos de relaciones exteriores (en Brasil, el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) y sus secretarías); legalización o consularización, realizada por consulados; y la apostilla de La Haya. La apostilla de La Haya es un documento que se adjunta a su documento y le da autenticidad y validez fuera del país donde se emitió. La apostilla solo es válida para los países signatarios de la Convención de La Haya. Para otros países, es necesaria la consularización. Para legalizar o consularizar el documento, primero es necesario certificar la firma de la persona que lo firmó; luego, autenticarlo mediante el organismo de relaciones exteriores (en Brasil, el MRE y sus secretarías regionales) y, cuando sea necesario, en el consulado del país. Este procedimiento es adoptado en Brasil y en otros países. En Brasil, la apostilla se realiza en escribanías. En otros países, la misma es realizada por escribanos y agencias de relaciones exteriores. Es obligatoria la certificación de la firma que aparece en el documento. El escribano puede informarle dónde entregar sus documentos. Para saber qué países aceptan la apostilla, consulte: ¿Qué es la Convención de La Haya? y: Preguntas y respuestas – La Convención de La Apostilla de La Haya

SI MI DOCUMENTO EXTRANJERO NO HA SIDO CONSULARIZADO NI APOSTILLADO, ¿QUÉ DEBO HACER?

Todos los documentos extranjeros, con la excepción de pasaportes y licencias de conducir, deben y solo pueden autenticarse en los países donde fueron emitidos. Deberá pedirle a alguien que obtenga nuevas copias o que envíe sus copias para que alguien pueda apostillarlas en esos países.

¿NECESITO CONSULARIZAR LOS DOCUMENTOS ORIGINALES Y LAS TRADUCCIONES?

Normalmente, solo se consularizan las traducciones, ya que aquí se reconoce la autenticidad del documento público original en portugués. Es responsabilidad del cliente verificar si será necesario entregar el documento original también. Es imposible que el traductor conozca los requisitos de todos los organismos y entidades de todos los países.

¿DEBO LEGALIZAR / APOSTILLAR LOS DOCUMENTOS BRASILEÑOS ANTES O DESPUÉS DE LA TRADUCCIÓN?

Si el documento oficial brasileño original es reconocido como auténtico y válido en Brasil, no es necesario legalizarlo / apostillarlo antes de la traducción jurada. Otros documentos, tales como poderes, contratos, etc., deben cumplir con los procedimientos de reconocimiento de firma y registro para que tengan valor oficial antes de la traducción. En general, tanto la consularización como la apostilla se realizan después de la traducción. Estos trámites también se pueden hacer antes de la traducción; sin embargo, esto aumentará el valor de las traducciones.

Atención: los documentos en portugués o las traducciones de documentos al portugués que vayan a ser utilizados en Brasil no se apostillan.

¿CÓMO AVERIGUO SI EL PAÍS AL QUE ENVIARÉ LOS DOCUMENTOS REQUIERE LA APOSTILLA O LA CONSULARIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS?

Vea la lista de países signatarios de la Convención de Apostilla de La Haya de 1961. Si el país deseado no es signatario de la convención, debe obtener la autenticación del MRE (Ministerio de Relaciones Exteriores) y consularizar el documento, si es necesario. Vea la lista de países que firmaron la convención aquí. No dirige

¿CÓMO AVERIGUO SI NECESITO LEGALIZAR / APOSTILLAR LOS DOCUMENTOS BRASILEÑOS Y LAS TRADUCCIONES JURADAS PARA OTROS PAÍSES?

Es imposible para el traductor jurado conocer los requisitos de las diferentes instituciones de cada país, las cuales además pueden cambiar en cualquier momento. Cada país e institución tiene sus propias leyes y normas. Es el cliente quien debe averiguar si se requiere legalización / apostilla con quién recibirá sus documentos. Los países de habla inglesa en general no requieren la legalización / apostilla de documentos extranjeros. Los países cuyo idioma oficial no es el inglés, pero aceptan documentos en inglés, tienden a requerir consularización / apostilla de documentos extranjeros.

¿DÓNDE PUEDO APOSTILLAR LOS DOCUMENTOS BRASILEÑOS Y SUS TRADUCCIONES AQUÍ EN BRASIL?

Consulte la lista de escribanos que brindan este servicio. Se recomienda llamar antes de ir a la oficina de registro para confirmar la disponibilidad del servicio. Si lo prefiere, le ofrecemos un servicio de recogida y entrega en escribanías.

SI MI DOCUMENTO EXTRANJERO NO HA SIDO CONSULARIZADO NI APOSTILLADO, ¿PUEDO TRADUCIRLO ASÍ?

Sí, pero debe tener en cuenta que cualquier agencia o autoridad pública puede rechazar su documento y, en consecuencia, su traducción, ya que la identificación no ha sido legalizada / apostillada. La legalización / apostilla es un requisito legal para que un documento extranjero sea válido en Brasil. Es recomendable que valide sus documentos. Mientras tanto, podemos adelantar su traducción y cuando reciba los documentos certificados, le entregaremos su traducción más rápidamente.

¿CUÁNTO CUESTA LA APOSTILLA Y CONSULARIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y TRADUCCIONES?

El valor del servicio de apostilla varía de estado a estado. Debe consultar el valor del servicio de apostilla con el funcionario del registro. Ahora bien, la autenticación por parte del MRE y sus secretarías es gratuita; sin embargo, requiere la firma de la persona que firmó el documento. Por otro lado, el valor de la consularización es determinado por los gobiernos de cada país.

¿ES NECESARIO ENTREGAR MI DOCUMENTO PERSONALMENTE?

No, el documento puede ser entregado o presentado por terceros o incluso enviado por carta certificada a través de Sedex, en Río de Janeiro o Niterói, si fuera necesario.

¿PUEDO PRESENTAR EL DOCUMENTO ORIGINAL CUANDO BUSCO TRADUCCIÓN?

Sí, se pueden presentar documentos más simples, como licencias de conducir, historial con pocas páginas y temas, y certificados simples al buscar su traducción; sin embargo, puede ser necesario esperar la revisión de las traducciones con los documentos originales, la emisión y el registro de la traducción antes de su entrega. Los documentos extensos, complejos o numerosos deben entregarse o enviarse en la fecha de contratación del servicio de traducción jurada. No sería práctico revisar estas traducciones en el momento de la entrega.

¿DÓNDE DEBO ENTREGAR LOS DOCUMENTOS A TRADUCIR?

En nuestra oficina en Río de Janeiro, en nuestra residencia en Niterói o en uno de los puntos de recogida y devolución previamente acordados. Recuerde que también ofrecemos servicio de entrega por correo o mensajería a través de terceros con una tarifa adicional. No es necesario asistir.

¿DEBO ENVIAR O PRESENTAR EL DOCUMENTO ORIGINAL, O SOLO LA FOTO O ESCANEO ENVIADO POR CORREO ELECTRÓNICO ES SUFICIENTE PARA HACER LA TRADUCCIÓN?

La traducción puede hacerse a partir de documentos escaneados; sin embargo, el cliente es responsable de verificar la aceptación de dichas traducciones por parte del destinatario. El traductor debe citar la naturaleza del documento traducido: documento digitalizado, en este caso, o documento original. Es decir, siempre que sea posible, es mejor traducir del documento original impreso, sellado y firmado.

SI SOLO TENGO EL DOCUMENTO EN PDF RECIBIDO POR CORREO ELECTRÓNICO, ¿HAY ALGÚN PROBLEMA?

No. Se pueden hacer traducciones a partir de documentos digitalizados. Sin embargo, el cliente es el único responsable de verificar la aceptación de las traducciones de documentos digitales y/o digitalizados.

¿PUEDO RECIBIR MIS TRADUCCIONES Y DOCUMENTOS POR CORREO O CADETE? DE NO SER ASÍ, ¿DÓNDE PUEDO RETIRARLOS?

Si se entregan los documentos originales en la fecha de contratación del servicio, dichos los documentos y sus traducciones pueden enviarse por correo, mensajería, u otros medios, con el costo correspondiente, o pueden recogerse en nuestra oficina o en un punto de recogida acordado de antemano.

¿USTEDES RECOGEN Y ENTREGAN DOCUMENTOS Y APOSTILLAN O CONSULARIZAN DOCUMENTOS Y TRADUCCIONES?

Sí, podemos recomendar un cadete confiable para buscar y entregar sus documentos y traducciones y realizar el servicio de apostilla o consularización. Estos servicios se cobran por separado.

¿SE DEVUELVEN LOS DOCUMENTOS ORIGINALES?

Sí, todos los documentos se devuelven con las traducciones.

SI TENGO UN DOCUMENTO DIGITAL (DIGITALIZADO, ESCANEADO, EN PDF O EN UNA IMAGEN) Y NO RECIBÍ EL DOCUMENTO ORIGINAL AÚN, ¿PUEDO SOLICITAR LA TRADUCCIÓN DE IGUAL MANERA?

Sí. Se puede comenzar la traducción mientras espera a que llegue el documento original. Esto acortará el tiempo de la entrega. Si no tuviese el documento impreso original, debe verificar la aceptación de las traducciones de documentos digitales / digitalizados por parte del destinatario.

¿SE PUEDE ENVIAR EL DOCUMENTO Y RECIBIR LA TRADUCCIÓN POR CORREO EN BRASIL O EN EL EXTRANJERO?

Sí. Los costos de envío se agregarán al valor del servicio de traducción. Es necesario que envíe un sobre con su dirección junto con sus documentos para el franqueo de devolución para evitar errores de domicilio.

¿ES SEGURO ENVIAR DOCUMENTOS POR CORREO?

Sí. Sin embargo, por su seguridad, le sugiero que conserve una copia simple o certificada de su documento y que siempre contrate un servicio con seguro postal.

TENGO MIEDO DE QUE MIS DOCUMENTOS SE EXTRAVÍEN EN EL CORREO. ¿PUEDO ENVIAR O ENTREGAR COPIAS AUTENTICADAS DE LOS DOCUMENTOS?

Sí. Sin embargo, cada sello y firma adherida al documento se agregará al valor de su traducción.

¿SE PUEDE ENVIAR LA TRADUCCIÓN JURADA EN PDF POR CORREO ELECTRÓNICO?

Sí. Se pueden entregar traducciones en PDF firmadas digitalmente. El valor es el mismo que el de las copias impresas. Si desea una copia impresa y una copia PDF firmada digitalmente, se le cobrará la copia adicional.

SI QUIERO HACER UNA NUEVA TRADUCCIÓN CON PEQUEÑAS ALTERACIONES DEL DOCUMENTO ORIGINAL, ¿LA TRADUCCIÓN HECHA ANTERIORMENTE PUEDE SER APROVECHADA?

No es posible cambiar las traducciones ya emitidas, registradas y entregadas al cliente. Los cambios hacen que su documento sea un documento nuevo. Si los cambios se realizaran antes de la entrega de su traducción, el traductor podrá evaluar y aceptar o no el reemplazo de documentos, dependiendo del tipo de documento y tipo y número de cambios realizados y el progreso del servicio.

SI MI DOCUMENTO TIENE UN ERROR, ¿EL MISMO PUEDE CORREGIRSE EN LA TRADUCCIÓN?

No. La traducción debe ser fiel al documento original, incluidos los errores tipográficos y/o de idioma, y el traductor debe agregar notas de traducción cuando sea necesario. Para que su traducción sea correcta, deberá obtener un nuevo documento corregido.

¿SE PUEDE MANDAR A TRADUCIR SOLAMENTE LA PARTE DEL DOCUMENTO QUE ME INTERESA O SOLO LA APOSTILLA DE AUTENTICACIÓN?

Sí. Sin embargo, el traductor debe citar la omisión solicitada y describir el contenido omitido. Aun así, algunas instituciones como el CNJ, especialmente en casos de demandas, requieren que los documentos se traduzcan en su totalidad.

SI QUIERO USAR EL CONTENIDO DE INTERNET EN INGLÉS EN UNA DEMANDA, ¿QUÉ TENGO QUE HACER?

Debe solicitar a un notario que registre el contenido deseado. Luego, debe llevárselo a un traductor jurado para que pueda adjuntarse a la demanda. Los datos serán válidos si el contenido estuviera en portugués y debiera traducirse al inglés.

DESPUÉS DE RECIBIR LA TRADUCCIÓN, VI QUE HABÍA UN ERROR EN EL DOCUMENTO ORIGINAL. ¿ES POSIBLE CORREGIR LA TRADUCCIÓN?

Si se encuentran pequeños errores y se obtiene un nuevo documento antes de entregar la traducción, es posible corregirlo. Sin embargo, una vez registrada y entregada su traducción, no es posible cambiarla. Deberá contratar un nuevo servicio de traducción. Generalmente, cuando se emite un nuevo documento, además de los datos corregidos, cambian la fecha de emisión y los firmantes. Es decir, aunque el contenido es similar, es un documento completamente nuevo y, una vez que se registra la traducción, no es posible cambiarlo.

¿PUEDEN BRINDAR ALGÚN DESCUENTO?

El artículo 35, §1º del Decreto 13.609/43 prohíbe expresamente cualquier tipo de descuento en los precios establecidos en la tabla del Registro Mercantil: “Es ilegal que los traductores sacrifiquen, en beneficio de cualquiera, los honorarios que se fijan en dicha tabla; si lo hacen, se someten a una pena que consiste en una doble penalización alta en reincidencia, y de ellos depende registrar al final de cada traducción los honorarios totales y sellos incluidos”.

Cada traducción jurada es un documento oficial que recibe un número y se registra en un libro de traducciones, el cual es inspeccionado anualmente por la Junta de Comercio del Estado. Si se produce algún cambio en el documento del cliente, así sea solo la fecha, se considera un documento nuevo. Por lo tanto, el traductor público está obligado a asignar un nuevo número y registrar esa nueva traducción en el libro de traducción, con su valor indicado en la página donde termina dicha traducción.